lunes, 16 de abril de 2007

subvenciones

Rango de vigencia:
Desde: 07/07/2006Hasta: 04/09/2006
Organismo:
CEM
Objeto del trámite:
Concesión de subvenciones por la Consejería de Empleo a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) pertenecientes al sector de la construcción que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales
Colectivo al que va dirigido:
Modalidades 1, 2 y 3: Microempresas y pequeñas empresas encuadradas en el sector construcción según el Real Decreto 1560/1992 que aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-1993 : 45). Modalidad 4: Microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) encuadradas en el sector construcción según el Real Decreto 1560/1992 de 18 de diciembre, que aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-1993 : 45).
Órgano competente:
Delegación Provincial
Requisitos:
A) Requisitos de las empresas beneficiarias: 1. Personas físicas o jurídicas pertenecientes al sector de la construcción, que ocupen trabajadores por cuenta ajena en el momento de la presentación de la solicitud, que lleven a cabo actividades o proyectos encuadrados en las modalidades establecidas en el artículo 2 de la presente Orden, que repercutan en centros de trabajo radicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Tener su domicilio social y fiscal en Andalucía y los beneficios que se le reconozcan revertan en centros de trabajo ubicados en el ámbito geográfico andaluz.
Más información sobre documentación:
Las solicitudes de subvención reguladas en la presente Orden, se presentarán por duplicado, una por cada proyecto, dirigidas al titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de la provincia en que se vaya a realizar el proyecto o actividad, y deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I y acompañadas de la siguiente documentación: a) Memoria descriptiva, debidamente cumplimentada, conforme al modelo que figura como Anexo II de la presente Orden. b) Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante:en caso de persona física(DNI y Tarjeta de Identificación Fiscal (NIF) o alta en licencia fiscal); tratándose de persona jurídica (Código de Identificación Fiscal (CIF)). c) Razón social o denominación completa. Estatutos y escrituras de constitución, modificación o transformación de la entidad, debidamente inscrita en su caso, en el Registro Mercantil o en el Registro Público correspondiente. d) En el supuesto que se actúe por representación: Documento Nacional de Identidad de la persona que formule la solicitud en representación de la empresa y poder de representación con el que actúa el representante bastanteado por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. e) Declaración expresa responsable de no estar incursos en los supuestos de prohibición para ser beneficiario, establecidos en el artículo 5 de esta Orden, acreditados cumplimentando el espacio previsto al efecto en el Anexo I de esta Orden. f) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo del cumplimiento por el beneficiario de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. g) Documentos de cotización a la Seguridad Social (TC-2) de los tres meses anteriores a la solicitud. h) Declaración expresa responsable, sobre concesión o solicitud de otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, acreditada cumplimentando el espacio previsto al efecto en el Anexo I de esta Orden. i) Declaración del responsable de la empresa de que la entidad no ha recibido ayuda de mínimis de cualquier naturaleza o forma y finalidad conforme al Reglamento (CE) 69/2001 de la Comisión Europea (DOCE numero L 10 de enero de 2001) o, en su caso, de que ha recibido ayudas de mínimis, en los últimos tres años, que en concurrencia con la subvención solicitada, en base a la presente Orden, no superan los 100.000 euros, indicando la fecha de la concesión, la entidad concedente y los importes. j) Declaración expresa responsable relativa al mantenimiento y la dedicación a los fines previstos en la solicitud en la empresa de los bienes que serán objeto de subvención, durante un período mínimo de 5 años, a contar desde la fecha de la concesión. k) Declaración responsable indicativa de la forma o formas elegida como modelo de organización de la actividad preventiva adoptado por el empresario, l) Presupuesto del Servicio de Prevención Ajeno actuante, en los proyectos de la Modalidad 1 y 4. m) Presupuesto de otras Entidades actuantes, en los proyectos de la Modalidad 1 y 4, con explicación detallada sobre sus medios técnicos y especialización en el ámbito del proyecto. n) Proyecto de constitución del Servicio de Prevención Mancomunado con explicación detallada de los medios materiales y humanos previstos para el mismo, localización geográfica, sector productivo, relación de empresas participantes, así como presupuesto asignado a la empresa solicitante, para proyectos encuadrados en la modalidad M1: 4ª. o) Factura proforma extendida por la entidad suministradora relativa a los bienes o equipos objeto de la solicitud, así como certificación acreditativa de su seguridad, conforme a la normativa que les sea de aplicación. p) Aquellos otros documentos o declaraciones que se exijan en cada Orden de convocatoria con la finalidad de acreditar los requisitos relativos a la condición de beneficiario, así como los establecidos en cada Orden de convocatoria en cumplimiento de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma u otra disposición de aplicación. NOTA: Los documentos serán originales o fotocopias debidamente compulsada, excepto las declaraciones responsables, que deberán presentarse, en todo caso, en documento original. La presentación de la solicitud por parte del interesado conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.
Plazo de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes será de sesenta días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la Orden de convocatoria. Fin de plazo 04/09/06.
Plazo de resolución:
Ampliado hasta el 5 de junio 2007, plazo máximo de Resolución y notificación (Orden 2 de marzo 2007)
Notas y observaciones:
Los conceptos subvencionables y los límites máximos de las cuantías de las subvenciones por cada modalidad se relacionan en el artículo 2 de la Orden.
Lugar de presentación:
Las solicitudes se presentarán, preferentemente,en el Registro de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Empleo de la provincia en que se vaya a realizar el proyecto o actividad, así como en los registros auxiliares de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico.
Modo de presentación:
Escrito, la aportación de abundante documentación impide su presentación electrónica
Seguimiento de expediente:
Ante los Centros de Prevención de Riesgos Laborales Provinciales telefónica o personalmente.
UTEDLT: SI
Silencio administrativo:
Desestimativo
Método de resolución:
Competitivo

1 comentario:

Marina dijo...

estoy llegando dentro de muy poco, tuve que resolver un problema de mis papeles para trabajar en la feria...ahora os veo.
beososs